Las quiebras tendrán su propio estándar para el testimonio por video.
El 1 de diciembre entran en vigor tres enmiendas enlazadas de las Reglas Federales de Procedimiento de Quiebras que sacan a los asuntos contenciosos del alcance de la Regla Civil 43. Un testigo que comparezca desde otro lugar en un asunto contencioso ya no requerirá circunstancias apremiantes, sino solo causa y salvaguardas adecuadas. Tres consecuencias para los abogados en ejercicio.
By Helena Harper, Editorial Director

El cambio
Un paquete de enmiendas a las Reglas Federales de Procedimiento de Quiebras entra en vigor el 1 de diciembre de 2026. La Conferencia Judicial lo aprobó en su sesión de septiembre de 2025, por recomendación del Comité de Reglas de Práctica y Procedimiento, la Corte Suprema lo adoptó y el Presidente de la Corte lo remitió al Congreso el 8 de abril de 2026. Según la Sección 2075 del Título 28 del Código de Estados Unidos, las reglas de quiebras deben llegar al Congreso a más tardar el 1 de mayo del año en que han de entrar en vigor y no pueden regir antes del 1 de diciembre del año en que se transmiten.
El paquete enmienda las Reglas 1007, 2007.1, 3001, 3018, 5009, 9006, 9014 y 9017, y agrega una regla nueva, la Regla 7043. La parte que más puede cambiar el aspecto de una audiencia es una reorganización a tres bandas de cómo se rinde el testimonio, y traza una línea que la práctica concursal no tenía: los asuntos contenciosos y los procedimientos adversariales quedarán sujetos a estándares distintos cuando un testigo no está en la sala.
Cómo llega hoy un testigo a una pantalla
Dos reglas hacen ese trabajo. La Regla 9017 hace aplicables en un caso de quiebra las Reglas Federales de Evidencia y las Reglas Civiles 43, 44 y 44.1. La Regla Civil 43(a) fija que el testimonio en juicio se rinda en audiencia pública, salvo que una ley federal, las Reglas Federales de Evidencia, las reglas civiles u otras reglas adoptadas por la Corte Suprema dispongan otra cosa, y luego permite al tribunal autorizar testimonio en audiencia pública por transmisión simultánea desde otro lugar "por causa justificada en circunstancias apremiantes y con salvaguardas adecuadas".
La Regla 9014(d) llega hoy al mismo sitio por remisión. Dispone que el testimonio de un testigo sobre un hecho material controvertido en un asunto contencioso debe rendirse del mismo modo que el testimonio en un procedimiento adversarial. Y como el procedimiento adversarial se rige por la Regla Civil 43, el asunto contencioso también.
La distinción importa porque la mayor parte del litigio concursal no es un procedimiento adversarial. La Regla 7001 enumera las categorías que deben tramitarse como tal: recuperar dinero o bienes, determinar la validez, prelación o alcance de un gravamen, objetar o revocar una liberación de deudas, determinar si una deuda es descargable, obtener una medida cautelar u otro remedio en equidad, subordinar un crédito y algunas más. Todo lo demás que se disputa y no está regido de otro modo por las reglas llega como moción, y la Regla 9014 lo convierte en un asunto contencioso. Ahí viven el levantamiento de la suspensión, el uso de garantía en efectivo, las objeciones a créditos y las objeciones a la confirmación.
Qué hacen las enmiendas
Según el informe de la Conferencia Judicial, las enmiendas dan tres pasos. La Regla 9017 se modifica para eliminar la aplicabilidad general de la Regla Civil 43 a todos los casos de quiebra. La nueva Regla 7043 conserva entonces la Regla Civil 43 para los procedimientos adversariales, lo que mantiene ahí el estándar de circunstancias apremiantes. Y la Regla 9014 se modifica para que el tribunal, en un asunto contencioso, pueda autorizar el testimonio a distancia de un testigo "por causa y con salvaguardas adecuadas", es decir, sin la determinación de circunstancias apremiantes que exige la Regla Civil 43.
La razón que expone el Comité es que los dos escenarios no son iguales. Los asuntos contenciosos, explica el informe, suelen poder resolverse de manera menos formal y más expedita mediante una audiencia, a menudo sobre la base de testimonio no controvertido, y el cambio busca dar a los tribunales de quiebras mayor flexibilidad ahí que en los procedimientos adversariales. Del periodo de comentarios públicos salió un punto de redacción: el Comité Asesor revisó la propuesta para dejar claro que todo el testimonio en un asunto contencioso queda regido por la regla, no solo el ofrecido sobre una moción.
El resto del paquete de diciembre
Otros tres cambios aparecerán en la práctica ordinaria. La Regla 3018 rige la aceptación o el rechazo de un plan en un caso del capítulo 9 o del capítulo 11, y su inciso (c) exige hoy que la aceptación o el rechazo consten por escrito. La enmienda autoriza al tribunal a tratar además como aceptación del plan una declaración hecha en el acta por un acreedor, o por su abogado o agente autorizado, con un cambio concordante en el inciso (a). Tras un comentario público, el Comité Asesor aclaró que esa vía cubre a los acreedores individuales, que pueden actuar por su propia cuenta, además de a los abogados y agentes.
Las enmiendas a las Reglas 1007(c), 5009(b) y 9006(b) y (c) atienden un problema más acotado y muy práctico: los deudores individuales cuyos casos se cierran sin liberación de deudas porque no tomaron el curso obligatorio de administración financiera personal, o lo tomaron y nunca presentaron la documentación. La Regla 1007 se modifica para eliminar los plazos de presentación del certificado de conclusión del curso, con cambios concordantes en la Regla 9006 que suprimen las disposiciones sobre la alteración judicial de esos plazos. La Regla 5009 se modifica para prever dos avisos en lugar de uno que recuerden al deudor tomar el curso y presentar el certificado.
Las Reglas 2007.1 y 3001 reciben correcciones técnicas que arreglan referencias introducidas por error cuando se reformuló el estilo de las Reglas de Quiebras. En la Regla 3001(c), la disposición sobre sanciones se reescribe para aplicarse cuando el titular de un crédito omite proporcionar cualquier información exigida por el inciso (c), y no solo la exigida por dos de sus párrafos, y los párrafos se reordenan para que la disposición sancionatoria siga a los requisitos que hace cumplir.
Qué no cambia
El punto de partida sigue intacto. El testimonio sobre un hecho material controvertido debe seguir rindiéndose en audiencia pública, y la regla enmendada continúa condicionando cualquier otro arreglo a una determinación de causa y a salvaguardas adecuadas. Ni la fórmula ni la estructura invitan a una práctica permanente de testigos a distancia. Lo que se movió es la altura de la carga, no la forma del examen.
Las reglas probatorias tampoco se tocan. La Regla 9017 sigue haciendo aplicables las Reglas Federales de Evidencia en un caso de quiebra, y a un testigo que comparece por transmisión simultánea se le interroga bajo las mismas reglas de evidencia que a un testigo en el estrado. Además, las enmiendas se refieren a cómo se rinde el testimonio. Nada dicen sobre la comparecencia a distancia de los abogados para alegar, que sigue siendo cuestión de la práctica de cada tribunal.
Tres consecuencias para los abogados en ejercicio
Qué cambia, en la práctica, para quienes litigan en tribunales de quiebras:
Dos estándares dentro de un mismo caso
A partir del 1 de diciembre, un mismo caso del capítulo 11 puede llevar dos pruebas distintas para poner a un testigo en una pantalla. El procedimiento adversarial conserva la Regla Civil 43 y su exigencia de circunstancias apremiantes, ahora por vía de la nueva Regla 7043. El asunto contencioso se rige por la Regla 9014 enmendada. La solicitud debe formularse conforme a la que corresponda.
La audiencia pública sigue siendo la regla
Ninguna de las dos reglas convierte la comparecencia a distancia en lo normal. El testimonio sobre un hecho material controvertido debe seguir rindiéndose en audiencia pública salvo que otra norma disponga lo contrario, y la regla enmendada exige aún que el tribunal encuentre causa e imponga salvaguardas adecuadas.
La solicitud va antes de la audiencia
La Regla 9014(e) ya obliga al tribunal a avisar a las partes con antelación si podrán declarar testigos en una audiencia programada. Un estándar más bajo no acorta ese plazo: la causa debe exponerse, y las salvaguardas fijarse, cuando todavía hay tiempo de organizarlas.
El Congreso conserva la facultad de actuar sobre las reglas transmitidas bajo la Sección 2075 antes de que entren en vigor. De no hacerlo, la fecha es el 1 de diciembre, y el mismo paquete lleva la enmienda a la Regla Federal de Evidencia 801 que rige desde ese mismo día.
Durante años, el abogado que pedía poner a un testigo en una pantalla en una audiencia de levantamiento de la suspensión tenía que satisfacer una prueba escrita para un juicio civil, porque así lo decía una cadena de remisiones. La carga era la misma tanto si la audiencia iba a durar dos horas como dos semanas.
A partir del 1 de diciembre, ambas se distinguen. El procedimiento formal conserva el estándar exigente, y la práctica de mociones que compone la mayor parte de un expediente concursal recibe uno calibrado a su medida. La audiencia pública sigue siendo el punto de partida, así que el trabajo se traslada al expediente: cuál es la causa, cuáles serán las salvaguardas y cuándo se le avisa al tribunal.
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Redacción Editorial de Archivar
Verificado contra las fuentes citadas abajo. Este artículo es información general y no constituye asesoría legal.
Fuentes: Informe del Comité de Reglas de Práctica y Procedimiento de la Conferencia Judicial, Agenda E-19 (Rules), septiembre de 2025; Oficina Administrativa de los Tribunales de Estados Unidos, Pending Rules and Forms Amendments; Oficina Administrativa de los Tribunales de Estados Unidos, Recent and Proposed Amendments to Federal Rules, Annual Report 2025; Reglas Federales de Procedimiento de Quiebras 7001, 9014 y 9017 y Regla Federal de Procedimiento Civil 43 (Legal Information Institute, Cornell Law School); 28 U.S.C. sección 2075; NACTT Academy, Bankruptcy Rule Amendments Taking Effect December 1, 2026 (19 de julio de 2026).
