Los despachos de propiedad no abogada en Arizona deben servir a los arizonenses «al menos en parte», y el Colegio de Abogados quería eliminar esas palabras
El Tribunal Supremo de Arizona añadió una prueba de beneficio local al código de licencias para despachos con propietarios no abogados. El Colegio de Abogados pidió un texto más estricto. Un consultor pidió una prueba más amplia. La orden mantuvo el texto original.
By Simone Beaumont, Senior Editor

Arizona exige ahora que los despachos con propietarios no abogados que soliciten una licencia de Estructura Alternativa de Negocio (Alternative Business Structure, ABS) sirvan a los arizonenses «al menos en parte». Ann A. Scott Timmer, en su calidad de presidencia del Tribunal Supremo, firmó la enmienda el 18 de marzo de 2026. La enmienda añade que la licencia debe promover, al menos en parte, los objetivos regulatorios para las personas ubicadas en Arizona.
El Colegio de Abogados de Arizona (State Bar of Arizona) quería que se eliminaran esas tres palabras. Sostuvo que «al menos en parte» podría permitir la aprobación cuando el beneficio para Arizona fuera solo incidental. El Consejo Judicial de Arizona aprobó la enmienda el 12 de marzo y el Tribunal Supremo la adoptó sin ese cambio.
La enmienda añade dos pruebas para las solicitudes ABS
Arizona eliminó su regla de ética que prohibía la propiedad de despachos por parte de no abogados mediante una orden fechada el 27 de agosto de 2020. El cambio entró en vigor el 1 de enero de 2021. Los despachos que obtienen licencia bajo el programa se llaman Estructuras Alternativas de Negocio, o ABS. Las dos primeras licencias ABS se aprobaron en marzo de 2021.
La concesión de licencias ABS se rige por la Regla 33.1 del Tribunal Supremo de Arizona y por la sección 7-209 del Código de Administración Judicial de Arizona (ACJA). La enmienda de 2026 afecta a la Orden Administrativa 2025-227 y deja en vigor las demás disposiciones de la sección 7-209.
Conforme a la nueva sección E(2)(a)(2), el Comité de Estructuras Alternativas de Negocio debe considerar los objetivos regulatorios «a la luz de la jurisdicción del Tribunal Supremo, dado que la licencia se solicita en Arizona». La licencia debe promover, al menos en parte, esos objetivos para las personas ubicadas en Arizona.
Los cinco objetivos son proteger y promover el interés público; promover el acceso a los servicios jurídicos; avanzar la administración de justicia y el Estado de derecho; fomentar una profesión jurídica independiente, sólida, diversa y eficaz; y promover y mantener el respeto a los principios profesionales.
La nueva sección E(2)(a)(3) añade un requisito separado. Los abogados que ejercen con una ABS deben estar prestando, o van a prestar, al menos en parte, servicios jurídicos a personas. La disposición vigente sobre estructuras de gobierno pasa a ser el inciso (4).
La prueba de recomendación del Comité en la sección E(2)(e)(1) ahora también remite a los nuevos incisos. Una solicitud debe cumplirlos antes de que el Comité tenga que recomendar su aprobación.
La orden firmada difiere del borrador
El Comité se reunió el 10 de febrero de 2026 y votó modificaciones antes de que actuara el Consejo. El borrador adjunto a la solicitud del Consejo del 12 de marzo decía que los abogados que trabajan para la ABS «están o estarán prestando servicios jurídicos a clientes».
La orden firmada usa «personas» y añade «al menos en parte». El Comité también eliminó «entidades» del inciso sobre servicios jurídicos. El memorando indica que «personas» tiene el significado definido en el código.
Los editores leyeron lado a lado el memorando de solicitud del Consejo Judicial y la orden firmada por la presidencia del Tribunal. Esos documentos muestran dos detalles que conviene conocer. El borrador usaba «clientes», mientras que la orden firmada usa «personas» e incluye «al menos en parte». El comentario del Colegio de Abogados citaba la sección E(2)(c), pero la División corrigió la cita a E(2)(e).
Verifique qué versión está citando. El borrador y el texto adoptado no son idénticos.
El Colegio de Abogados dijo que la enmienda podría permitir vínculos incidentales con Arizona
El Colegio de Abogados se opuso a la enmienda. Su comentario señaló que el texto entraba en conflicto con la Orden Administrativa 2025-241, que el memorando describió como una exigencia de que la licencia ABS promueva los objetivos regulatorios para personas o entidades ubicadas en Arizona, «no de forma incidental».
El Colegio también dijo que el requisito de servicios jurídicos era demasiado amplio porque no contenía plazo ni límite geográfico. A su juicio, eso podría permitir la aprobación de entidades cuyos servicios fueran especulativos o se prestaran principalmente fuera de Arizona.
El Colegio sostuvo que los solicitantes deberían demostrar cómo beneficia la licencia a personas o entidades de Arizona. Dijo que la enmienda, en cambio, añadía factores para que el Comité los considerara, lo que trasladaba la responsabilidad lejos de los solicitantes. También advirtió que conceder licencia a despachos nacionales con vínculos incidentales con Arizona podría cargar los recursos del Colegio.
El Colegio planteó una preocupación distinta sobre las estructuras ABS. Repartir honorarios con no abogados puede violar reglas de ética de otras jurisdicciones, dijo, y podría exponer a los abogados de Arizona a acusaciones de falta profesional conforme a la Regla 8.4(a) de Arizona. El Colegio señaló el entorno de pruebas regulatorio de Utah, que según dijo prohíbe las estructuras de honorarios de mera referencia y exige que los solicitantes demuestren un beneficio significativo para los consumidores del estado.
El Colegio recomendó eliminar «al menos en parte», establecer con claridad que la licencia debe beneficiar a personas o entidades de Arizona y aclarar que los abogados de la ABS deben prestar servicios jurídicos principalmente a consumidores de Arizona.
Un consultor pidió una prueba de beneficio más amplia
Crispin Passmore, consultor del mercado jurídico global con sede en el Reino Unido que participó en las discusiones del Grupo de Trabajo sobre ABS acerca del financiamiento por terceros, apoyó el objetivo de asegurar que Arizona se beneficie. Pidió moderación.
Passmore dijo que los despachos tradicionales no son evaluados individualmente por su contribución al Estado de derecho o al acceso a la justicia. Por ello, las ABS no deberían enfrentar un estándar más estricto, dijo. Si la regla exige un beneficio para Arizona, argumentó, el beneficio debería definirse de forma amplia.
También dijo que las propuestas futuras deberían tratar la atracción de despachos de enfoque nacional como algo positivo. Regular en exceso a las ABS podría empujar a los despachos hacia modelos de organizaciones de servicios de gestión, dijo. Passmore añadió que se avecinaban cambios importantes en 2026 y 2027, sin precisar cuáles.
La División y el Comité recomendaron aprobar las modificaciones tal como se propusieron. El único cambio incorporado del comentario del Colegio de Abogados fue la corrección de la cita de E(2)(c) a E(2)(e). El memorando indica que los demás comentarios se considerarán en futuras propuestas de código.
Los solicitantes enfrentarán un umbral de beneficio sin definir
El texto adoptado no dice cuánto beneficio para Arizona es suficiente. No fija porcentaje ni plazo. Para un solicitante de ABS, eso significa que el Comité ponderará a las personas ubicadas en Arizona en cada solicitud, con el umbral fijado solicitud por solicitud.
Para los abogados de Arizona que trabajan para una ABS, que reparten honorarios con una o que reciben referencias de una, la enmienda no cambia la Regla 8.4(a) ni las reglas sobre reparto de honorarios. La preocupación del Colegio de Abogados sigue ligada a arreglos que puedan violar las reglas de otra jurisdicción.
Los abogados de otros estados deben distinguir la concesión de licencias de Arizona de las reglas de su propio estado. El texto adoptado se refiere a las licencias en Arizona. No cambia lo que permite otro estado cuando un abogado de allí se asocia con una ABS de Arizona.
Un despacho que evalúa una relación de propiedad externa o de referencias querrá poder identificar, asunto por asunto, de dónde vino cada consulta y quién la atendió. Archivar contesta la llamada, realiza la admisión de clientes y recuerda el trabajo del despacho, de modo que el recorrido desde la primera llamada hasta el asunto queda en un solo lugar.
Si va a citar la regla, use la orden firmada del 18 de marzo y no el borrador del memorando.
Las fechas
El Consejo Judicial aprobó la enmienda el 12 de marzo de 2026. La presidencia del Tribunal firmó la Orden Administrativa 2026-31 el 18 de marzo de 2026.
Dos pruebas nuevas
La licencia debe promover los objetivos regulatorios para las personas en Arizona «al menos en parte», y los abogados de la ABS deben prestar servicios jurídicos a personas «al menos en parte».
Lo que queda sin definir
La orden no fija porcentaje ni plazo, así que el Comité traza la línea solicitud por solicitud.
Lo que no cambió
La enmienda no toca la Regla 8.4(a), las reglas sobre reparto de honorarios ni lo que permite otro estado.
Archivar
The Archivar Editorial Desk
El texto de la orden, las fechas y las disposiciones citadas se verificaron con la Orden Administrativa núm. 2026-31 del Tribunal Supremo de Arizona y con el memorando de solicitud del Consejo Judicial de Arizona del 12 de marzo de 2026. El memorando es la fuente de las posturas del Colegio de Abogados de Arizona y de Passmore. Este artículo es información general, no asesoría legal.
Fuentes: Arizona Supreme Court, Administrative Order No. 2026-31 (18 de marzo de 2026) y enmiendas adjuntas a la sección 7-209 del ACJA (azcourts.gov); Arizona Judicial Council, Request for Council Action, ACJA section 7-209: Alternative Business Structures (12 de marzo de 2026); Arizona Supreme Court, Administrative Order No. 2025-227 (22 de diciembre de 2025); 2Civility, «Arizona is first in licensing alternative business structures to deliver legal services»; Greenberg Traurig, «Arizona's new alternative business structures law is alive and kicking» (2021).