Un egresado aún no admitido puede firmar los correos del despacho, con una divulgación.
La Opinión de Ética 1306 de la NYSBA, emitida el 15 de octubre de 2026, permite que un despacho incluya en su sitio web a egresados de derecho aún no admitidos y que firmen correspondencia, siempre que su situación se divulgue de forma clara y visible. Aprobó fórmulas breves y dedicó una nota al pie a la palabra “yet”.
By Nathaniel Cross, Staff Writer

Un sí, con una divulgación incluida
Un despacho de abogados de Nueva York puede incluir en su sitio web a egresados de derecho que aún no han sido admitidos a ejercer, y puede permitirles firmar correos electrónicos y otra correspondencia en nombre del despacho. La condición es que la comunicación divulgue, de forma clara y visible, que la persona no está admitida. Esa es la conclusión de la Opinión de Ética 1306 de la New York State Bar Association, emitida el 15 de octubre de 2026.
La opinión también responde la pregunta práctica que la mayoría de los despachos realmente tiene: qué debe decir la línea de la firma. Fórmulas breves como “Not admitted” (no admitido) o “Not yet admitted” (aún no admitido) bastan, dijo el comité, y un sitio web puede, por lo general, describir a la persona simplemente como “Law Clerk” (asistente jurídico).
El despacho que consultó
Quien consultó fue un despacho que emplea a egresados que no han sido admitidos en ningún colegio de abogados. En su sitio web los llama “Law Clerk”. En la firma de sus correos exige la línea “Not Yet Admitted to Any Bar” (aún no admitido en ningún colegio de abogados).
El despacho preguntó si las Reglas de Conducta Profesional exigen una advertencia específica en esas firmas, o en el sitio web y en otras comunicaciones, y en ese caso, qué advertencias son permitidas y suficientes.
El comité empezó por a quién alcanzan las reglas. Los egresados no admitidos no son abogados, así que las New York Rules of Professional Conduct no se les aplican directamente. Sin embargo, el despacho que los emplea tiene responsabilidad de supervisión conforme a la Regla 5.3, que exige a los abogados y despachos asegurarse de que la conducta de las personas no abogadas que emplean sea compatible con las obligaciones profesionales de los propios abogados. La opinión citó una opinión anterior del comité, N.Y. State 943 de 2012, que aplicó la misma regla a la descripción del puesto impresa en las tarjetas de presentación de un egresado de derecho.
Las reglas que lo deciden
La guía principal provino de la Regla 7.1(a), en la versión que entró en vigor el 1 de junio de 2026, cuando los Presiding Justices de los cuatro Departamentos de la Appellate Division adoptaron enmiendas a las reglas de publicidad de Nueva York. Tras la enmienda, la regla prohíbe las comunicaciones falsas o engañosas sobre un abogado o sus servicios, incluida una declaración que omite un hecho necesario para que, considerada en su conjunto, no resulte materialmente engañosa.
La Regla 7.5 regula los avisos y las designaciones profesionales. Su primer comentario menciona el sitio web de un despacho, sus páginas en redes sociales, tarjetas de presentación, papelería con membrete y designaciones profesionales como comunicaciones que no deben ser falsas, engañosas ni inducir a error. La Regla 8.4(c), por separado, prohíbe la conducta que implique deshonestidad, fraude, engaño o tergiversación.
El comité también miró más de tres décadas atrás. En 1990, el comité de ética de la New York County Lawyers Association dijo en su Opinión 682 que un egresado no admitido puede firmar documentos y cartas de un despacho de Nueva York, pero debe indicar claramente que no está admitido y no puede figurar como “Lawyer” ni “Attorney at Law” en la papelería. Esa opinión mencionó términos como “Law Clerk”, “Legal Clerk” o “Not Admitted” después de la firma, y citó la sección 478 de la Judiciary Law, la ley que declara ilícito que una persona no admitida en Nueva York ejerza la abogacía, se presente como habilitada para ejercer o use títulos como “lawyer” o “attorney”. La Opinión 1306 dijo que coincide con el fondo de esa guía de 1990 conforme a las reglas actuales.
Las dos condiciones, y las fórmulas que las cumplen
La opinión fija dos condiciones. Primero, la comunicación debe divulgar de forma clara y visible que la persona no está admitida a ejercer la abogacía. Segundo, la correspondencia no debe contener asesoría legal ni ningún otro contenido que exija que el remitente sea un abogado admitido. Si una designación concreta basta depende de la comunicación en su conjunto, y de si un lector razonable se confundiría sobre la situación de la persona.
En el sitio web de un despacho, dijo el comité, el título “Law Clerk” suele bastar para transmitir que la persona no está admitida, siempre que nada más en la presentación sugiera que es abogada. En una firma, “Not admitted”, “Not yet admitted” o “Not admitted to practice” (no admitido a ejercer) es suficiente si comunica con claridad la situación de la persona. En palabras del comité, las reglas no exigen ninguna fórmula en particular.
Tampoco necesita el despacho la misma redacción en todas partes. Si el sitio web ya dice “Law Clerk”, una advertencia adicional allí puede ser innecesaria, siempre que la página en su conjunto no induzca a error.
Antes de publicar, leímos la opinión completa en el sitio de la NYSBA, incluida su única nota al pie. El comité dedicó esa nota entera a una sola palabra: “yet” (aún). Concluyó que “Not yet admitted” no es engañoso solo por esa palabra. Bien leída, la frase solo indica la situación actual de la persona. No dice que haya aprobado un examen de barra, terminado la revisión de carácter e idoneidad, presentado una solicitud, ni que vaya a ser admitida algún día. También comparamos la línea que ya usaba el despacho, “Not Yet Admitted to Any Bar”, con las fórmulas más breves que aprobó el comité. La versión del despacho ya dice más de lo que exige la opinión.
Lo que vino antes, y lo que significa para los despachos
La Opinión 1306 es la segunda opinión reciente del comité sobre cómo describen los despachos a las personas entre la facultad de derecho y la admisión. En la Opinión 1298, emitida el 12 de agosto de 2026, el comité dijo que un candidato a la admisión en Nueva York que ha aprobado el UBE, el MPRE y el New York Law Exam puede usar la anotación “Passed the NY state bar examination (passed not admitted)” (aprobó el examen de barra del estado de Nueva York, aprobado no admitido). Aprobar el examen y estar admitido son situaciones distintas, y el comité ya se ha ocupado de ambas etapas. A principios de octubre, el mismo comité emitió además la Opinión 1303, sobre un abogado de Nueva York que trabaja desde Francia como of counsel.
Leída en conjunto, la opinión apunta a algunas consecuencias prácticas. La firma de un egresado que espera su admisión necesita una divulgación visible de que no está admitido, y basta con una breve. El sitio web y el pie de los correos pueden usar redacciones distintas, porque la prueba es la presentación completa y el lector razonable. Firmar correspondencia de rutina está permitido, pero una carta o un correo que dé asesoría legal no es algo que un egresado no admitido pueda enviar. Y la responsabilidad de hacerlo bien recae en el despacho conforme a la Regla 5.3, no en el egresado.
Archivar, que publica The Docket, desarrolla un sistema para despachos de abogados que atiende cada llamada las 24 horas, los 7 días de la semana, en inglés y en español, y gestiona la admisión de clientes. La pregunta de la Opinión 1306 es una que también nos planteamos del lado del teléfono: quien hable por un despacho, en una firma, en un sitio web o en una llamada, no debe dejar a la otra persona con una idea equivocada de con quién está tratando.
Como todas las opiniones de ética de la NYSBA, la Opinión 1306 es consultiva y responde a los hechos que presentó el despacho que consultó.
Un egresado no admitido puede firmar la correspondencia de un despacho de Nueva York y figurar en su sitio web.
La divulgación debe ser clara y visible, y la carta no puede dar asesoría legal.
“Not yet admitted” basta, y según el comité la palabra “yet” no promete nada.
La opinión
NYSBA Committee on Professional Ethics, Opinión 1306, emitida el 15 de octubre de 2026. Reglas citadas: 5.3, 7.1(a), 7.5 y 8.4(c).
Dos condiciones
La comunicación divulga de forma clara y visible que la persona no está admitida, y la correspondencia no contiene asesoría legal ni otro contenido que exija un abogado admitido.
Fórmulas que funcionan
“Law Clerk” en un sitio web, por lo general. “Not admitted”, “Not yet admitted” o “Not admitted to practice” en una firma. No se exige una fórmula fija.
Quién responde
El despacho. Los egresados no admitidos no son abogados, así que la Regla 5.3 asigna el deber de supervisión a los abogados y al despacho que los emplean.
Archivar
The Archivar Editorial Desk
Cada dato, cita de regla, condición y frase citada se verificó contra el texto completo de la Opinión de Ética 1306 de la NYSBA, y el contexto sobre las enmiendas de publicidad del 1 de junio de 2026 y la sección 478 de la Judiciary Law se verificó contra el anuncio del colegio y la propia ley. Este artículo es información general, no asesoría legal.
Fuentes: New York State Bar Association, Committee on Professional Ethics, Ethics Opinion 1306 (15 de octubre de 2026); New York State Bar Association, índice de Ethics Opinions (Opiniones 1298, 1303 y 1306); New York Rules of Professional Conduct, reglas 5.3, 7.1(a), 7.5 (Comentario [1]) y 8.4(c); New York State Bar Association, Amendments Adopted to Advertising Rules (vigentes desde el 1 de junio de 2026); New York Judiciary Law, sección 478, según la publica el Senado del Estado de Nueva York.