Pensilvania reescribe su trámite de exención de tasas el 1 de noviembre, con un límite de pobreza del 200% y un tope de activos de $10,000
Una orden del Tribunal Supremo saca el procedimiento in forma pauperis de la Regla 240 y lo traslada a una nueva regla estatal con vías por beneficios, por ingresos y por asistencia jurídica gratuita.
By By Helena Harper, Editorial Director

Pensilvania saca el trámite de exención de tasas de la Regla 240
El 21 de abril de 2026, el Tribunal Supremo de Pensilvania adoptó un nuevo procedimiento estatal para eximir del pago de tasas y costas en los procesos civiles. La orden, dictada per curiam, siguió a una recomendación del Comité de Reglas de Procedimiento Civil (Civil Procedural Rules Committee) y entra en vigor el 1 de noviembre de 2026.
La orden enmienda las Reglas de Procedimiento Civil de Pensilvania 240, 1308 y 1313. También agrega la Regla de Administración Judicial de Pensilvania 1990. La propuesta se había publicado para comentarios del público en 50 Pa.B. 4023 el 8 de agosto de 2020 y en 52 Pa.B. 2561 el 30 de abril de 2022.
La antigua Regla 240 se titulaba “In Forma Pauperis”. Contenía, dentro de las reglas civiles, el procedimiento para solicitar el beneficio: una petición con una declaración jurada, un praecipe para el abogado que presta servicios jurídicos gratuitos, una resolución judicial debida en 20 días y un procedimiento de non pros tras la denegación.
La Regla 240 enmendada se titula “Solicitud de exención de tasas y costas”. Ahora remite a la Regla 1990 para el procedimiento en todos los procesos civiles.
Antes de publicar, la redacción leyó lado a lado la orden de una página y el texto de 18 páginas de las reglas enmendadas. La orden por sí sola da solo la fecha y los tres números de regla. El fondo está en el anexo. Las supresiones entre corchetes muestran que el texto de la antigua Regla 240 se retira y se sustituye por unos pocos apartados breves. Después la redacción leyó la Regla 1990 en el Código de Pensilvania para confirmar las cifras del 200 por ciento y de $10,000, porque la Regla 240 enmendada solo remite a esa regla.
La Regla 1990 crea tres vías para obtener la exención
La Regla 1990 se aplica a la tasa inicial de presentación y a otras tasas y costas impuestas o autorizadas por una ley de la Asamblea o por una regla general y pagaderas a un tribunal, a una oficina de presentación o a un funcionario o empleado judicial. También cubre una fianza u otra garantía de costas exigida como condición para iniciar un proceso.
Quien no pueda pagar debe recibir de quien cobra la información sobre cómo solicitar la exención. La regla prevé tres vías.
Primero, se considera que una parte carece de recursos económicos si recibe asistencia pública basada en necesidad. La regla menciona SNAP, Medicaid, SSI y TANF, y aclara que la lista no se limita a esos programas.
Una parte también puede calificar mediante una prueba de ingresos y activos. Los ingresos brutos, antes de impuestos y deducciones, deben ser iguales o inferiores al 200 por ciento de las pautas federales de pobreza para el tamaño del hogar. Los activos deben ser inferiores a $10,000, sin contar la vivienda de la parte ni un vehículo.
Segundo, una parte puede solicitarla por dificultad económica sustancial. Debe mostrar que pagar las tasas y costas le impediría cubrir plenamente sus necesidades u obligaciones básicas. La regla menciona la alimentación, la vivienda, los servicios públicos, la salud, el transporte y el cuidado de los dependientes.
El tribunal puede considerar los ingresos brutos, los activos, los gastos, el número de hijos menores o de hijos adultos con discapacidad a cargo de la parte, la manutención de menores, el historial de empleo, otros recursos disponibles y otros factores.
Tercero, el abogado de una organización de asistencia jurídica o que preste servicios jurídicos gratuitos puede presentar un praecipe en el que declare que cree razonablemente que la parte no puede pagar. El Comentario indica que esta vía pretende incluir a los defensores públicos y a los abogados designados por el tribunal. No se requiere resolución judicial y se considera que la parte recibió la exención.
La oficina registra el proceso sin cobrar la tasa
La solicitud o el praecipe deben presentarse al mismo tiempo que se inicia el proceso o después, nunca antes. La oficina de presentación registra el proceso y la solicitud sin cobrar la tasa de presentación.
El tribunal, o la persona que designe, revisa la solicitud para determinar de inmediato la elegibilidad. La regla dice que el tribunal debe dictar su resolución dentro de los 20 días siguientes a la presentación. Si se considera que la parte es elegible, el tribunal concede la solicitud sin audiencia.
El tribunal puede exigir más información. Puede denegar una solicitud sin debate ni audiencia. También puede celebrar una audiencia ex parte con registro si la solicitud tiene mérito discutible o si el tribunal desea más información. La determinación es ex parte, de modo que la parte no tiene que notificar la solicitud a las demás partes.
Si el tribunal deniega la solicitud, la parte debe pagar la tasa de presentación dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la denegación. No puede continuar mientras la tasa siga impaga, salvo para apelar la denegación u obtener permiso del tribunal. Las tasas ya pagadas no se reembolsan si la parte inició el proceso y luego solicita la exención.
La resolución que deniega, modifica o deja sin efecto la exención debe exponer el motivo e informar a la parte de que debe pagar las tasas en 30 días o el proceso se dará por terminado sin más aviso. Si transcurren 30 días desde la notificación de la denegación, la tasa sigue impaga y no se presentó apelación, la oficina de presentación dicta una orden que da por terminado el proceso. El tribunal puede restablecerlo por causa justificada.
Los procesos iniciados por writ of summons conservan un plazo de 90 días para la demanda
La Regla 240 enmendada contiene una disposición aparte para el proceso iniciado por writ of summons (citación inicial). El tribunal no puede actuar sobre la solicitud de exención hasta que la parte presente la demanda.
Si no se presenta la demanda dentro de los 90 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud, el tribunal puede denegar la solicitud. La regla anterior decía que, en ese caso, el tribunal podía desestimar el proceso. La regla enmendada también dice que nada en la Regla 1990 impide que un tribunal desestime de oficio, por frívolo, un proceso subyacente presentado junto con la solicitud de exención.
Las tasas exoneradas pueden convertirse en costas tasadas
Si una parte con exención obtiene una sentencia o un acuerdo por una suma de dinero, el tribunal ordena a la parte que paga abonar las tasas y costas exoneradas a la oficina de presentación como costas tasadas. Esas costas nunca se pagan a la parte exonerada.
El tribunal puede dejar sin efecto una exención concedida si la solicitud era materialmente inexacta o si la parte puede pagar. La parte o su abogado que recibe una exención tiene la obligación continua de informar al tribunal de cualquier mejora en su situación económica.
Una exención basada en los recursos económicos o en la dificultad se mantiene durante todo el proceso, incluidas las apelaciones, salvo que la orden la limite. El tribunal puede exigir que la parte la solicite de nuevo. Una exención basada en un praecipe continúa aunque el abogado se retire, sujeta a la obligación continua de informar.
La Regla 1990 incluye un formulario estatal de solicitud. Primero pregunta si la parte recibe beneficios públicos como SNAP, Medicaid, SSI, TANF, vivienda pública o de la Sección 8, una pensión de veteranos basada en necesidad, asistencia de energía para bajos ingresos o WIC. Si la respuesta es afirmativa, el formulario indica a la parte que omita el resto y firme.
La regla incluye también un formulario de praecipe de un párrafo para el abogado. Las exenciones de tasas de transcripciones se rigen aparte por Pa.R.J.A. 4007(E) y 4008(B).
Una orden que deniega una solicitud y deja a la parte “fuera del tribunal” es una resolución final y apelable, conforme a Grant v. Blaine, 868 A.2d 400 (Pa. 2005). La apelación contra la denegación dictada por un juez de distrito magisterial sigue las reglas Pa.R.Civ.P.M.D.J. 1016 a 1020. Las demás apelaciones se tramitan mediante petición de revisión especializada conforme a Pa.R.A.P. 1614.
Las apelaciones de arbitraje adoptan la nueva terminología
Las enmiendas a las Reglas 1308 y 1313 sustituyen “proceed in forma pauperis” por “waive fees and costs” (eximir de tasas y costas).
Conforme a la Regla 1308(a), el tribunal puede, en un caso apropiado y previa petición, permitir que el apelante sea eximido de tasas y costas. El formulario de aviso de apelación de la Regla 1313, según fue enmendado, exige que el apelante certifique que se pagó la compensación de los árbitros o que se solicitó permiso para la exención de tasas y costas.
El plazo de 30 días para presentar el aviso de apelación contra un laudo de arbitraje obligatorio se mantiene. Corre desde que el prothonotary (secretario del tribunal) anota en el expediente que se notificó la inscripción del laudo. El apelante también debe pagar la compensación de los árbitros, que no excede el 50 por ciento de la cuantía en controversia.
Las enmiendas agregan títulos a los apartados y convierten en Comentarios las notas sobre Stellar Construction v. Sborz, 748 A.2d 667 (Pa. 2000), y sobre la Regla 1007.1(b) en materia de solicitudes de jurado. La orden no introduce otros cambios en las Reglas 1308 ni 1313.
Qué conviene vigilar
Archivar es un sistema operativo para un despacho de abogados que contesta cada llamada las 24 horas, en inglés y en español, gestiona la admisión de clientes, administra los casos y recuerda todo lo que hace el despacho. Un plazo de 30 días para pagar tras una denegación pertenece al registro del caso como fecha límite.
La orden y el texto de las reglas revisados no aclaran cómo se aplican los nuevos formularios a los casos pendientes el 1 de noviembre de 2026.
Conviene vigilar la fecha de entrada en vigor del 1 de noviembre de 2026, sustituir los formularios de la Regla 240 por la solicitud o el praecipe de la Regla 1990 y anotar en el calendario el plazo de 30 días para pagar tras cualquier denegación.
La fecha
La orden del 21 de abril de 2026 entra en vigor el 1 de noviembre de 2026 y enmienda las Reglas Pa.R.C.P. 240, 1308 y 1313.
La nueva regla
La Pa.R.J.A. 1990 contiene el procedimiento, con un formulario estatal de solicitud y un formulario de praecipe para el abogado.
Tres vías
Beneficios públicos, una prueba de ingresos del 200% de la pobreza con activos inferiores a $10,000, o dificultad económica. El abogado de servicios gratuitos puede presentar un praecipe.
El plazo
Tras una denegación, la parte tiene 30 días para pagar la tasa de presentación o el proceso se da por terminado.
Archivar
The Archivar Editorial Desk
Las fechas, los números de regla y las disposiciones se contrastaron con la orden del Tribunal Supremo de Pensilvania del 21 de abril de 2026 y el texto de las reglas enmendadas que publicó, y con el texto de la Regla de Administración Judicial 1990 en el Código de Pensilvania. Este artículo es información general, no asesoría legal.
Fuentes: Supreme Court of Pennsylvania, orden per curiam del 21 de abril de 2026 que enmienda Pa.R.C.P. 240, 1308 y 1313, con el texto de las reglas enmendadas y sus comentarios explicativos; Pennsylvania Code, Title 201, Pa.R.J.A. 1990 (Application to Waive Fees and Costs), nota de fuente que cita 56 Pa.B. 2497; Pennsylvania Bulletin, 50 Pa.B. 4023 (8 de agosto de 2020) y 52 Pa.B. 2561 (30 de abril de 2022), según los cita la orden.